Reglas y Normas de las Bibliotecas

EL USO DE LAS BIBLIOTECAS ES UN PRIVILEGIO PROPORCIONADO COMO UN SERVICIO PÚBLICO

1. Están prohibidas las armas en las sucursales de Dateland y Roll, las cuales están ubicadas dentro de escuelas (ARS§13-3102.A12). en todas las otras bibliotecas hay un cartel fijo notificando “NO SE PERMITEN LAS ARMAS”; las armas deben guardarse en los casilleros cuando se encuentran disponibles (ARS§13-3102.A10).

2. Niños menores de 10 años deben estar supervisados en todo momento por los padres o persona encargada mayor de 16 años.

3. Pertenencias como (bolsas, portafolios, mochilas, bolsas de libros, etc.) que son permitidas dentro de las bibliotecas están sujetas a revisión.

4. Para la seguridad del público, deben dejarse fuera de las bibliotecas las bolsas de viaje, camas enrollables, equipaje, sustituto de equipaje y/o cajas.

5. Las personas deberán estar completamente vestidas en las bibliotecas –pies, el torso superior e inferior deben estar cubiertos.

6. Mantenga los celulares y “pagers” programados en silencio/vibrador dentro de la biblioteca. Las conversaciones discretas (voz baja) son permitidas.

7. Las personas que aparenten estar bajo la influencia de embriagantes, drogas u otra sustancia se les pedirá que se retiren.

8. Se prohíben animales dentro de la biblioteca, con excepción de los animales de servicio.

9. El consumo de bebidas y alimentos tipo “Snack” es permitido. De otra manera el personal de las bibliotecas tienen la última palabra en lo que es o no permitido dentro de las bibliotecas. Se requiere deshacerse de su basura adecuadamente.

10. Ningún tipo de alcohol es permitido en las bibliotecas.

11. No se permiten vehículos de ningún tipo dentro de las bibliotecas, con excepción de aquellos utilizados por individuos con discapacidades físicas. El uso de estos vehículos no puede bloquear o impedir accesos públicos.

12. Las siguientes actividades están prohibidas:

a. Lenguaje en voz alta, malhablado, abusivo u ofensivo. Acciones, vestimenta o conducta ofensiva
b. El uso de aparatos de sonido sin audífonos.
c. Fijar la mirada causando inconformidad a otras personas o al personal de la biblioteca.
d. Dormir.
e. Productos de tabaco, fumar o la simulación de fumar.
f. Bañarse o lavar ropa en las fuentes o baños.
g. Transportar, colocar, o guardar artículos en las bibliotecas que interfieran con el funcionamiento normal al crear situaciones peligrosas, negando lugar a otras personas o impidiendo el acceso a las facilidades, materiales o servicios de las bibliotecas
h. Solicitar
i. Entrar en las áreas destinadas para oficinas o de trabajo sin el permiso del personal.
j. Interrupciones o intromisiones irrazonables al personal cuando estén llevando a cabo sus funciones de trabajo.
k. Robo, vandalismo, o el uso no autorizado de las facilidades, equipo o materiales de las bibliotecas.
l. Riesgos de salud a la comunidad.

LAS BIBLIOTECAS NO SON RESPONSABLES POR LA PERDIDA O DAÑO SE SUS PERTENENCIAS.

EL NO CUMPLIR CON LAS REGLAS Y NORMAS DE LAS BIBLIOTECAS PODRÍA RESULTAR EN SUSPENSIÓN DE LOS PROVILEGIOS BIBLIOTECARIOS.

Adoptado por el consejo administrativo del Condado Yuma: 02/03/03_ Revisado y modificado por la Junta Directiva de Bibliotecas: 01/10/17

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